Procedimiento Establecido por el Código Procesal Penal, Para Sancionar la Violación a la ley de Cheque, Presentada en Fecha 17/8-206

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Publicado: 2006-12-10

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Resumen

Conforme a la estructura judicial actual, para castigar las violaciones a la Ley 2859 sobre cheques hay que acogerse a lo establecido en el Código Procesal Penal para dirimir los conflictos de acción privada. El cambio procedimental de la ley de cheques ha traído grandes conflictos y/o dificultades a los actores envueltos en el proceso, a tal punto que muchas personas se niegan a recibir este instrumento de pago de obligaciones, lo que pone en peligro el desarrollo del comercio y otras actividades productivas. Constantemente se puede observar que las instituciones bancarias y las personas presentan dificultades en el cumplimiento de los requisitos de la ley de cheques y en el conocimiento del procedimiento para lograr el castigo de las violaciones de dicha ley. En relación a los procesos judiciales por violación a la ley de cheques existen criterios muy similares entre los actores judiciales, en el sentido de que con el nuevo proceso penal este instrumento comercial ha adquirido mayor seguridad, lo que provoca que se fortalezcan las relaciones comerciales en la región y en el país. Un elemento a destacar en el proceso para castigar la violación a la ley de cheques es, según la opinión de los jueces, el bajo nivel de desempeño que muestran los abogados en el dominio del procedimiento, lo que muchas veces complica y extiende el conocimiento del caso; en nuestra opinión, esta situación es debida al interés de las víctimas en recuperar su dinero y en evitar gastos en pago de abogados e impuestos por los actos judiciales. Se recomienda que el Colegio de Abogados, filial Sánchez Ramírez, prepare cursos de capacitación sobre el procedimiento para dirimir los conflictos sobre violación a la ley de cheques, enfatizando el papel de los abogados en esta materia; crear un comité tripartito formado por representantes del Distrito Judicial, abogados y administradores de agencias de cambio y bancos comerciales, que se encargue de difundir todo lo relativo a la ley de cheques y el procedimiento establecido en el Código Procesal Penal para sancionar las infracciones a esta ley.

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Palabras clave:
ley de cheques, Código Procesal Penal, violación a la ley de cheques, Distrito Judicial de Sánchez Ramírez, Ley 2859

Detalles del artículo

Biografía del autor/a

Catalina Fabián, Universidad Tecnológica del Cibao Oriental - UTECO República Dominicana

elcapacho@uteco.edu.do

J o s é Ant. R o m a n o, Universidad Tecnológica del Cibao Oriental - UTECO República Dominicana

elcapacho@uteco.edu.do

Deysi M. Núñez, Universidad Tecnológica del Cibao Oriental - UTECO República Dominicana

elcapacho@uteco.edu.do

Cómo citar

Fabián, C., R o m a n o, J. o s é A., & Núñez, D. M. (2006). Procedimiento Establecido por el Código Procesal Penal, Para Sancionar la Violación a la ley de Cheque, Presentada en Fecha 17/8-206. Revista Científica El Capacho, 1(1), 73-74. https://doi.org/10.63796/capacho.2006.v1i1.155

Referencias

Congreso Nacional de la República Dominicana. (1951). Ley No. 2859, Ley de Cheques (con modificaciones de la Ley 62-00). Banco Central de la República Dominicana. https://cdn.bancentral.gov.do/documents/normativa/documents/leyes/Ley_Cheques_No_2859.pdf

Congreso Nacional de la República Dominicana. (2002). Ley No. 76-02 que establece el Código Procesal Penal de la República Dominicana. https://www.consultoria.gov.do/Consulta/Home/FileManagement?documentId=3338081&managementType=1

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